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Reforma Judicial: ¿Violó la ley AMLO al publicarla en el DOF?

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El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, firmó la reforma constitucional al Poder Judicial, que busca la elección de jueces y magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de septiembre. Sin embargo, esta publicación se realizó a pesar de que un tribunal en Colima ordenó la suspensión provisional de la reforma después de que la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C. presentará una queja.

El abogado Arturo Pueblita, presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM), considera que esta acción podría ser un delito según el artículo 107, fracción XVII constitucional, y que aunque las violaciones a las suspensiones podrían quedar impunes penalmente, esto podría invalidar el proceso de reforma constitucional.

Consecuencias posibles:

– Incidentes por violación a la suspensión: Los quejosos podrían iniciar incidentes según el artículo 206 y siguientes de la Ley de Amparo.

– Inconstitucionalidad: El Poder Judicial podría analizar y resolver la situación.

– Invalidación del proceso de reforma: Si se demuestra que el procedimiento es inválido y hay falta de votos.

Próximos pasos:

– Plazo de 30 días: Para el amparo directo y la acción de inconstitucionalidad.

– Análisis del Poder Judicial: Para determinar la validez del proceso de reforma constitucional.

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